Reforma al artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo

Estimados Socios:

El día de ayer el Senado de la República aprobó la Reforma al Artículo 176 de la Ley Federal del Trabajo, que va a permitir que los jóvenes menores de 18 años puedan trabajar en labores agrícolas excepto en aquellas actividades consideradas como peligrosas, que impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente.

El Dictamen aprobado fue turnado al Presidente de la República para los efectos legales que establece el artículo 72 Constitucional, y en caso de no tener comentario alguno por parte del Ejecutivo, se llevará a cabo la firma y publicación del mismo en el Diario Oficial de la Federación el cual entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Es importante destacar que el Segundo Transitorio de este Decreto, establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social contará con un plazo de 180 días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto para elaborar y publicar una Norma Oficial Mexicana a efecto de clasificar las actividades a que se refiere el artículo 176, fracción II, numeral 8 y determinar aquéllas actividades que sean de menor riesgo.

La Industria de la agricultura protegida celebra la aprobación de dicha reforma que permitirá que las y los jóvenes menores de 18 años puedan laborar en las actividades del sector agroalimentario, permitiendo que estos continúen apoyando la economía familiar con su trabajo en actividades no riesgosas.

Estaremos pendientes de la promulgación y publicación de este Decreto por parte del Ejecutivo, para darlo a conocer a ustedes y podamos ya formalmente dar empleo a estos jóvenes con las limitaciones propias establecidas en el Decreto.

Atentamente

AMHPAC