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El pasado 20 de febrero del año en curso la Corte Suprema de los Estados unidos de América se pronunció respecto a la imposición de los aranceles por parte del presidente Donald Trump bajo la ley IEEPA.

La Corte resolvió que:

  • Los aranceles impuestos por el presidente Trump son ilegales bajo el marco jurídico estadounidense al basarse en Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional. El fallo se aplica a los aranceles impuestos el 2 de abril de 2025 durante el llamado del "Día de la Liberación".

La decisión indicó que los aranceles aplicados por la Casa Blanca (tanto los vinculados al combate al tráfico de drogas como los denominados “recíprocos” frente a déficits comerciales) exceden la autoridad delegada por el Congreso y vulneran el diseño constitucional que reserva al Poder Legislativo la potestad tributaria.

Es importante recalcar que la decisión de la corte no ha suprimido todos los aranceles interpuestos por el presidente estadounidense, en cuanto a la cuota compensatoria del tomate del 17.09% esta sigue en vigor, ya que la misma derivó de una investigación dumping a cargo del ITC en los Estados Unidos.

En consecuencia, a esta determinación el mandatario Trump firmó una orden ejecutiva por la que se impone el nuevo arancel en virtud de una ley nunca utilizada conocida como Sección 122, que otorga la facultad de aplicar aranceles de hasta el 15% durante 150 días, momento en el que el Congreso deberá intervenir. Sin embargo, conforme al comunicado publicado por el United States Trade Representative (USTR) el día 20 de febrero,
a los países firmantes del TMEC no les aplicaría este nuevo arancel.

Atentamente 
AMHPAC